Las empresas que cotizan por formación profesional disponen cada año de un crédito para formar a su plantilla. Nuestra formación encaja, y la tramitación la llevamos con una entidad organizadora.
Última revisión: 20 ago 2026
| Quién puede | Empresas que cotizan |
|---|---|
| Se aplica en | Cuotas a la Seguridad Social |
| Tramitación | Entidad organizadora |
| Lo revisamos | Caso por caso |
Las empresas que cotizan por formación profesional disponen cada año de un crédito para formación, que se aplica como bonificación en sus cuotas a la Seguridad Social.
El importe del crédito depende de lo cotizado por ese concepto el año anterior y del tamaño de la plantilla, con las reglas que fija la normativa vigente. La gestión requiere una comunicación previa del inicio de la formación y la conservación de la documentación acreditativa.
La formación de Obükue admite esta bonificación y la tramitamos con una entidad organizadora. Conviene revisar cada caso, porque el crédito disponible y las condiciones varían de una empresa a otra.
En cuatro movimientos, y de los cuatro solo uno pide algo de la empresa.
Cada empresa dispone de un crédito anual que depende de lo cotizado por formación profesional el ejercicio anterior. Es el primer dato que miramos.
La formación se comunica a Fundae con la antelación que marca la normativa, antes de que empiece. De esto se ocupa la entidad organizadora.
El campus deja constancia de la actividad de cada participante, que es la documentación que respalda la bonificación.
La empresa la aplica en su boletín de cotización, dentro de los plazos previstos.
La bonificación es un derecho de la empresa sujeto a condiciones, y merece la pena conocer las que suelen dar sorpresas.
Circula mucho «100 % bonificable» y conviene desconfiar: el importe que una empresa puede bonificar depende de su crédito disponible, del tamaño de su plantilla y de la normativa aplicable en ese ejercicio.
Preferimos mirar el caso concreto y decirlo con números reales antes de que nadie firme nada. Si el crédito disponible cubre la formación entera, lo dirás tú al ver la propuesta.
Consultar un casoEs la cantidad de la que dispone cada año una empresa que cotiza por formación profesional para formar a su plantilla. Se aplica como bonificación en las cuotas a la Seguridad Social y su importe depende de lo cotizado por ese concepto el ejercicio anterior y del tamaño de la plantilla.
Sí, admite bonificación a través de FUNDAE. La tramitación la llevamos con una entidad organizadora, que se ocupa de la comunicación de inicio y de la gestión ante Fundae.
Depende del crédito disponible de esa empresa, del tamaño de su plantilla y de la normativa vigente. Por eso revisamos cada caso antes de dar una cifra, en lugar de anunciar porcentajes que después dependen de circunstancias particulares.
Facilitar los datos necesarios para la comunicación de inicio y aplicar después la bonificación en su boletín de cotización. El resto del trámite lo lleva la entidad organizadora.
El crédito es anual y decae al terminar el ejercicio. De ahí que convenga planificar la formación con margen antes de que acabe el año.
La bonificación se aplica por participante y por acción formativa, con las reglas que fija la normativa. Conviene revisar el caso concreto, y es parte de lo que miramos al preparar la propuesta.
Contenido divulgativo. Las condiciones aplicables son las que establece la normativa vigente en cada momento y la tramitación corresponde a la entidad organizadora. Última revisión: 20 ago 2026.
Cuéntanos cómo está compuesto tu equipo y te devolvemos el reparto ya hecho: qué corresponde a cada perfil, con las horas, el contenido y el presupuesto. En 24 horas.